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La Corte Suprema revocó un aumento de indemnización a un trabajador accidentado por violar el principio de reformatio in peius
Por Redacción Política · jueves, 6 de agosto de 2026

La Corte Suprema de Justicia, con las firmas de Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, revocó este 7 de agosto un fallo que había multiplicado el monto de una indemnización laboral en la causa iniciada por Sergio Leandro Emanuel Pagani, técnico electricista, contra Provincia ART S.A. El trabajador se había accidentado en agosto de 2017 al caer de una escalera mientras instalaba cámaras de seguridad, lo que le provocó la rotura de meniscos y le dejó una incapacidad del 16%.
En primera instancia, la Justicia había fijado una indemnización de $240.585 más intereses. Sin embargo, la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo elevó de oficio ese monto a $1.619.177,84, sin que mediara un pedido expreso en ese sentido. Fue precisamente esa decisión de la Cámara la que la Corte Suprema dejó sin efecto.
El máximo tribunal fundamentó su decisión en el principio de "reformatio in peius", que impide alterar sustancialmente la situación procesal del único apelante sin que este lo haya solicitado. En su resolución, la Corte sostuvo que "la alzada ha colocado a la única apelante en una peor situación que la resultante del pronunciamiento de primera instancia", en referencia a Provincia ART S.A., que había sido la única parte en recurrir el fallo de primera instancia.
El fallo reafirma un criterio históricamente sostenido por la Corte en materia procesal: los tribunales de alzada no pueden modificar un pronunciamiento más allá de lo efectivamente apelado, incluso cuando el objetivo declarado sea mejorar la situación económica de un trabajador accidentado. La decisión fija un antecedente que previsiblemente será citado en futuros litigios laborales donde las cámaras busquen ajustar de oficio los montos indemnizatorios fijados en primera instancia.


