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¿Qué es FATCA y cómo afecta tus cuentas en EEUU?
Por Redacción · sábado, 3 de octubre de 2026
FATCA es el acuerdo por el que AFIP ya recibe de EEUU los datos de cuentas de argentinos: qué reporta, qué diferencia tiene con el CRS y qué declarar.
Qué es
FATCA (Foreign Account Tax Compliance Act, "Ley de Cumplimiento Fiscal de Cuentas Extranjeras") es una ley de Estados Unidos aprobada en 2010 que obliga a las entidades financieras de todo el mundo a reportarle al IRS —la agencia tributaria estadounidense— las cuentas de personas con obligaciones fiscales en ese país. Para que el intercambio sea recíproco, Washington firma acuerdos intergubernamentales (IGA, por sus siglas en inglés) con otros países: Argentina firmó el suyo en diciembre de 2022, y el intercambio automático de información bajo ese acuerdo entró en vigencia el 30 de septiembre de 2026, como ya contó este medio. En criollo: desde esa fecha, la AFIP recibe de Estados Unidos datos sobre cuentas de argentinos abiertas en entidades financieras estadounidenses, y, a la inversa, Argentina le informa al IRS sobre cuentas de ciudadanos o residentes fiscales de EE.UU. abiertas en bancos y brokers locales.
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Cómo funciona
El mecanismo es automático y periódico, no un pedido puntual caso por caso. Cada entidad financiera —un banco, un broker, una administradora de fondos— identifica entre sus clientes a quienes son residentes fiscales del otro país del acuerdo, y una vez al año reporta esa información a su propia agencia recaudadora, que a su vez se la envía a la contraparte. En el caso de la primera tanda recibida por la AFIP, los datos corresponden a cuentas existentes al 31 de diciembre de 2023 y alcanzan únicamente a personas humanas: una cuenta cuyo titular es una sociedad o una estructura societaria queda fuera de este intercambio puntual.
Un ejemplo numérico simplificado: un residente fiscal argentino que tiene una cuenta de inversión en un broker de Nueva York con USD 50.000, que generó USD 1.200 de intereses y dividendos en el año, aparece reportado por ese broker ante el IRS. El IRS traslada esos mismos datos a la AFIP: nombre y domicilio del titular, su identificación fiscal (CUIT/CUIL), el número de cuenta, la entidad financiera y el monto de los intereses, dividendos u otros ingresos acreditados. Con esa información, la AFIP puede cruzarla contra lo que esa persona declaró (o no declaró) en Bienes Personales y Ganancias.
En qué se diferencia del CRS
FATCA suele confundirse con el CRS (Common Reporting Standard, "Estándar Común de Reporte"), el otro gran mecanismo de intercambio automático de información financiera, pero son dos sistemas distintos y no intercambiables:
- CRS: es el estándar multilateral impulsado por la OCDE, al que adhieren más de 100 jurisdicciones (entre ellas Argentina desde 2017). Una cuenta argentina en un banco de España, Uruguay o Suiza, por ejemplo, se reporta bajo este esquema.
- FATCA: es un esquema bilateral propio de Estados Unidos, que decidió no sumarse al CRS y en cambio negocia acuerdos IGA país por país. Una cuenta en una entidad financiera estadounidense solo se reporta por esta vía, nunca por CRS.
La consecuencia práctica es que un argentino con cuentas en el exterior puede estar alcanzado por los dos regímenes a la vez, según en qué país esté cada cuenta: la de Estados Unidos entra por FATCA, cualquier otra cuenta en un país adherido al CRS entra por ese otro canal. Ninguno de los dos reemplaza al otro.
Qué tenés que hacer si tenés una cuenta en EEUU
Tener una cuenta financiera en Estados Unidos es legal para un residente fiscal argentino; lo que genera un problema es no declararla. Los pasos concretos son:
- Declararla en Bienes Personales: el saldo de la cuenta al 31 de diciembre de cada año integra la base imponible del impuesto a los Bienes Personales, dentro de los bienes situados en el exterior.
- Declarar los intereses y dividendos en Ganancias: los rendimientos generados por esa cuenta (intereses, dividendos, resultados de venta de activos) son renta de fuente extranjera y deben incluirse en la declaración jurada de Ganancias del período correspondiente.
- Completar el formulario W-8BEN ante la entidad de EE.UU.: es el formulario que identifica al titular como no residente fiscal estadounidense ante el banco o broker, y es el que habilita, entre otras cosas, la aplicación de una retención reducida sobre dividendos según el convenio vigente en cada caso.
- Si la cuenta no fue declarada en años anteriores: conviene regularizarla antes de que la AFIP cruce de oficio los datos ya recibidos, en vez de esperar a una determinación de oficio o una intimación del organismo.
Riesgos
El riesgo específico de FATCA no es tener la cuenta, sino la falta de declaración frente a un cruce de datos que ahora es automático y ya no depende de que el contribuyente la mencione espontáneamente. Concretamente:
- Determinación de oficio: si la AFIP detecta una cuenta no declarada a partir de los datos recibidos de EE.UU., puede determinar de oficio el impuesto omitido, con los intereses resarcitorios correspondientes.
- Multas por omisión o defraudación: según la ley de Procedimiento Fiscal, la falta de declaración de bienes o rentas puede derivar en sanciones que van desde una multa por omisión hasta una multa agravada si se interpreta que hubo ocultamiento deliberado.
- Efecto retroactivo limitado: el intercambio alcanza cuentas existentes al 31 de diciembre de 2023 en esta primera tanda, pero el esquema es periódico: una cuenta abierta después también quedará comprendida en intercambios futuros.
Fiscalidad
El tratamiento impositivo de una cuenta en EE.UU. para un residente fiscal argentino tiene dos capas, Bienes Personales y Ganancias, detalladas en el punto anterior. Un aspecto que suele generar dudas es la doble imposición: si Estados Unidos ya retuvo un impuesto sobre esos dividendos o intereses, existe en general la posibilidad de computar ese pago como crédito fiscal contra el impuesto a las Ganancias argentino, para no pagar dos veces sobre la misma renta. Dicho esto, el porcentaje exacto de retención en origen y el cómputo del crédito dependen de la situación particular de cada contribuyente (tipo de activo, si hay o no convenio de doble imposición aplicable) y no hay una alícuota única que pueda darse como válida para todos los casos: conviene consultar a un contador o asesor impositivo antes de liquidar esta situación, en vez de asumir un porcentaje genérico.
Preguntas frecuentes
¿Conviene cerrar la cuenta en EE.UU. para evitar el reporte?
Cerrar la cuenta no borra la obligación de haberla declarado mientras estuvo abierta, y la primera tanda de intercambio ya comprende cuentas existentes al 31 de diciembre de 2023: cerrarla ahora no cambia que la AFIP ya tiene (o puede tener en un intercambio posterior) ese dato histórico. La decisión de mantener o cerrar una cuenta en el exterior conviene tomarla por razones financieras —diversificación, acceso a instrumentos no disponibles en Argentina, costos de mantenimiento— y no como una forma de "desaparecer" ante el fisco, algo que el propio mecanismo de FATCA vuelve cada vez menos efectivo.
¿FATCA aplica si la cuenta en EE.UU. es de muy poco dinero?
El reporte entre entidades financieras y agencias tributarias no depende de que el contribuyente supere un monto mínimo para que exista la obligación de declararla en Argentina: toda cuenta en el exterior de un residente fiscal argentino debe declararse en Bienes Personales y Ganancias, sea cual sea su saldo. Lo que sí pueden tener son umbrales mínimos de reporte las propias entidades financieras de EE.UU. hacia el IRS, pero eso no exime al titular de su obligación de declararla en Argentina.
¿Qué pasa si tengo una cuenta en EE.UU. a nombre de una sociedad?
Según la cobertura disponible sobre esta primera tanda de intercambio, el alcance anunciado comprende cuentas de personas humanas; las cuentas cuyo titular es una sociedad u otra estructura societaria no están comprendidas en este intercambio puntual. Eso no significa que una sociedad argentina con una cuenta en EE.UU. esté exenta de declararla por otras vías: el intercambio automático FATCA es un mecanismo adicional de control, no el único.
¿Esto reemplaza al blanqueo o sinceramiento fiscal?
No. FATCA es un mecanismo de intercambio de información entre fiscos, no un régimen de regularización. Si una persona tiene una cuenta no declarada y quiere ponerse al día, debe hacerlo a través de los mecanismos de regularización vigentes en cada momento (declaraciones rectificativas, moratorias o blanqueos si los hubiera), no a través de FATCA, que solo le da a la AFIP la información para detectar el incumplimiento.
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