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Análisis

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Inocencia Fiscal II: blanqueo sin límites de ingresos

Por Redacción · viernes, 23 de octubre de 2026

Inocencia Fiscal II: blanqueo sin límites de ingresos

El Gobierno reglamentó el nuevo blanqueo sin topes de ingresos ni patrimonio: el cuarto de la gestión de Milei en medio de la suba del riesgo país.

Qué cambió el 23 de octubre

El Gobierno de Javier Milei reglamentó este viernes, vía decreto, el régimen "Inocencia Fiscal II": un blanqueo de capitales que, a diferencia de versiones anteriores, no pone límites de ingresos ni de patrimonio para adherir. Según publicaron Urgente24 y Minutouno, se trata del decreto 1253/2026, firmado por el presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete Diego Santilli y el ministro de Economía Luis Caputo, y publicado en el Boletín Oficial ese mismo día. Esta nota no verificó el texto de forma independiente contra el Boletín Oficial, así que cada dato puntual de la reglamentación se atribuye explícitamente a esas dos fuentes.

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El cambio central, de acuerdo con esa cobertura, es la eliminación de los topes que tenía el régimen anterior: antes se exigía ingresos menores a $1.000 millones en un período fiscal y un patrimonio no mayor a $10.000 millones para poder adherir. Ambos límites desaparecen con esta reglamentación. Pueden sumarse personas humanas y sucesiones indivisas que sean residentes fiscales en el país durante todo el año declarado y que estén inscriptas en Ganancias. A cambio, obtienen un efecto liberatorio sobre el impuesto a las Ganancias del período base y lo que se conoce como "tapón fiscal": una presunción de exactitud sobre las declaraciones de Ganancias e IVA de períodos no prescriptos, salvo que aparezca una discrepancia significativa.

No todos entran en igualdad de condiciones. Los Grandes Contribuyentes Nacionales y quienes ocuparon cargos públicos en los últimos cinco años pueden adherir, pero sin el tapón fiscal ni el efecto liberatorio completo. El beneficio, además, no es incondicional: se pierde si el impuesto determinado aumenta 15% o más y supera los $5 millones, si las diferencias exceden los $100 millones sin importar el porcentaje, o si aparecen facturas apócrifas o retenciones, percepciones o anticipos mal computados, sin un piso mínimo de monto en este último caso. Para conservarlo hay que presentar y pagar en término, revisar las declaraciones precargadas, ratificar cada año la permanencia en el régimen y operar por el sistema financiero formal. La carga de la prueba de cualquier irregularidad queda en manos de ARCA, que debe basarse en las propias declaraciones del contribuyente, sus sistemas e información de terceros.

De la ley a la reglamentación: tres blanqueos antes de este

Esta reglamentación no aparece de la nada. Inocencia Fiscal II obtuvo media sanción en Diputados entre el 27 y el 29 de agosto de 2026, en la misma sesión en que avanzó la reforma de la Carta Orgánica del BCRA, y logró sanción definitiva en el Senado en septiembre de 2026, con 44 votos a favor y 23 en contra, sin modificaciones al texto de Diputados, según El Economista. La ley fue promulgada y publicada en el Boletín Oficial y entró en plena vigencia, pero quedaban pendientes dos reglamentaciones: la de ARCA y la de la Unidad de Información Financiera (UIF). Eso es, precisamente, lo que llegó este 23 de octubre con el decreto 1253/2026.

Inocencia Fiscal II es, en rigor, la continuación de qué es la Ley de Inocencia Fiscal original (Inocencia Fiscal I), sancionada en mayo de 2025, que ya había subido fuerte los umbrales penales: la evasión simple pasó a configurarse desde $100 millones por tributo y ejercicio (antes, $1,5 millones) y la evasión agravada desde $1.000 millones (antes, $15 millones). Desde el 1° de enero de 2027, el umbral de evasión simple se actualizará por UVA. En paralelo, ARCA ya había prorrogado el vencimiento de la declaración jurada de Ganancias del 13 al 30 de octubre de 2026, anticipándose a esta reglamentación, según informó El Economista el 11 de octubre.

El dato que pone este decreto en perspectiva es que, según Urgente24, es el cuarto blanqueo de capitales de la gestión Milei en menos de tres años. El primero fue el blanqueo de capitales de la Ley 27.743, de 2024. La fuente consultada no detalla cuáles fueron los otros dos, pero la frecuencia por sí sola —cuatro intentos de regularización fiscal y patrimonial en un mandato que todavía no llega a los tres años— es un dato relevante para entender tanto la insistencia del Gobierno como las críticas que genera.

Los números

Dos series de cifras conviene mirar en paralelo: los umbrales del propio régimen fiscal, antes y después, y la evolución del riesgo país en las últimas semanas, que es el contexto de mercado en el que aparece este decreto.

VariableAntesAhora / con la reforma
Tope de ingresos para adherir al blanqueoMenos de $1.000 millones en el período fiscalSin límite
Tope de patrimonio para adherir al blanqueoNo mayor a $10.000 millonesSin límite
Umbral de evasión simple (Inocencia Fiscal I)$1,5 millones por tributo y ejercicio$100 millones (se actualiza por UVA desde el 1/1/2027)
Umbral de evasión agravada (Inocencia Fiscal I)$15 millones$1.000 millones

La segunda serie es la del riesgo país, que viene de un mínimo del año de 403 puntos el 7 de julio de 2026 a un escalón muy distinto en octubre: 648 puntos el 18/10, 675 puntos el 19/10 (máximo del año hasta ese momento, según Infobae) y la superación de la barrera de los 700 puntos el 20 y 21 de octubre, también según Infobae. Entre el 22 y el 23 de octubre las mediciones oscilan según la fuente y el momento del día: Moncloa citó 718 puntos el 23/10 como máximo del año, mientras que otras mediciones dieron cierres de entre 674 y 709 puntos en esos mismos días. La diferencia responde en parte a que unas miden cierre y otras, intradiario, por lo que conviene tomar el rango 700-718 como la foto de esos días antes que un número único. Según Moncloa, es el nivel más alto desde las semanas previas a las elecciones legislativas de octubre de 2025, y riesgo país en 704 puntos ya había sido noticia un día antes de este decreto. Analistas atribuyen la suba a la caída de los bonos en dólares, la preocupación por el nivel de reservas del BCRA y los vencimientos de deuda de 2027-2028. Argentina es, según un reporte del 19/10 citado en la research de esta nota, el segundo país con mayor riesgo país de América Latina, detrás de Venezuela.

El dólar, mientras tanto, muestra una estabilidad que contrasta con la tensión en los bonos: según La Nación y El Economista, el blue cotizaba en torno a $1.540-1.560 (venta) al 20 de octubre, el MEP en $1.538-1.540 y el contado con liquidación (CCL) en $1.620-1.624. Son los últimos valores confirmados al cierre de esta nota, del 20/10; no hay una cotización más reciente verificada para el 23 o 24 de octubre.

Qué está en juego

El trasfondo de este blanqueo sin topes es, antes que nada, una necesidad de dólares. Con el riesgo país en máximos del año y vencimientos de deuda que empiezan a concentrarse en 2027 y 2028, captar los dólares que están fuera del sistema financiero —"los dólares del colchón", en la fórmula que usa Minutouno— es una vía para reducir la presión sobre el financiamiento externo sin pasar por los mercados de deuda, que hoy le cobran a la Argentina una tasa de riesgo elevada.

La eliminación de los topes de ingresos y patrimonio cambia a quién beneficia el régimen: ya no hay un techo de patrimonio de $10.000 millones que excluya a los tenedores de fortunas más grandes, así que el universo de ahorristas que puede blanquear sin límite de monto se amplía sensiblemente. Pero el decreto también traza una frontera clara en sentido inverso: los Grandes Contribuyentes Nacionales y quienes tuvieron cargos públicos en los últimos cinco años pueden sumarse, pero sin el tapón fiscal ni el efecto liberatorio pleno, es decir, con un beneficio recortado frente al resto de los adherentes.

Lecturas posibles

Sobre los mismos hechos conviven al menos tres lecturas distintas, y conviene presentarlas como eso: lecturas, no un veredicto único.

  • La lectura oficialista: captar dólares informales por esta vía reduce la necesidad de financiamiento externo justo cuando el riesgo país está en niveles que encarecen —o directamente cierran— el acceso a los mercados de deuda. Visto así, el blanqueo es una herramienta de política de reservas en un momento de estrés financiero, no solo una medida fiscal.
  • La lectura crítica: Minutouno, con un enfoque explícitamente crítico, resume la medida como que el Gobierno "premió una vez más a los evasores" y recuerda una frase de Milei de 2019 ("para mí los contrabandistas son héroes") para cuestionar la coherencia de fondo. Vale aclarar que esa cita es de 2019, de otro contexto, y que el medio la usa ahora para cuestionar la medida, no como una declaración ligada a este decreto. El cuestionamiento de fondo de esta lectura es de equidad fiscal: si es el cuarto blanqueo en menos de tres años, ¿qué incentivo queda para declarar en tiempo y forma en lugar de esperar el próximo régimen de perdón?
  • La lectura de la interna del Gobierno: el decreto llega en medio de un debate interno sobre el rumbo del programa económico. Milei invitó al economista Alberto Ades, doctorado en Harvard, a exponer ante el Gabinete; Ades fue crítico del esquema monetario de Caputo y planteó que bajar la inflación de 30% a 3% anual exige "una institucionalidad y claridad monetaria que hoy el mercado no ve". Caputo no asistió a esa reunión —dio parte de enfermo— y, según trascendidos de La Nación citados por La Política Online, les habría dado a los gobernadores un diagnóstico crudo sobre la caída del consumo y la recaudación, algo que Milei niega. Infobae tituló este cuadro, en una nota del 23/10, como "la nueva grieta del oficialismo", con Milei debatiéndose entre "pragmatismo forzado" y "dogmatismo ideológico". Un operador de la City, citado sin nombre en esa cobertura, resumió que el mercado le está pidiendo acuerdos políticos al Gobierno. A su vez, Patricia Bullrich también cuestiona el rumbo económico y se reúne con el economista Carlos Melconian, quien sostiene que el tipo de cambio actual "no le da el cuero". En ese marco, un blanqueo sin topes puede leerse como un gesto de pragmatismo —ir a buscar dólares donde estén, sin las restricciones ideológicas de versiones anteriores— frente a las voces que piden ajustes más ortodoxos en el esquema cambiario.

Qué mirar hacia adelante

Quedan al menos cuatro variables abiertas. Primero, la letra fina de las reglamentaciones de ARCA y la UIF, que son las que terminan de definir el funcionamiento operativo del régimen y que, según la cobertura disponible, llegaron recién ahora, más de un mes después de la sanción en el Senado. Segundo, el nuevo vencimiento de la declaración jurada de Ganancias, prorrogado al 30 de octubre, que funciona como primer test de cuánta gente decide acogerse al régimen bajo la nueva reglamentación. Tercero, si el blanqueo efectivamente logra captar un volumen de dólares capaz de aliviar la presión sobre las reservas del BCRA y, por esa vía, sobre un riesgo país que viene de testear máximos del año. Y cuarto, si la interna del gabinete —el choque de diagnósticos entre Ades, Caputo, Bullrich y Melconian sobre la sostenibilidad del esquema cambiario— deriva en cambios de gabinete o en un giro de rumbo del programa económico, algo que por ahora está en el terreno de la especulación periodística y no confirmado oficialmente.

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